¿Que Implica la Nueva Ley de Multas?

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Nueva Ley de Multas en Chile: Multas No Heredables en la Compra de Autos Usados (Ley 20.795)

Comprar un auto usado en Chile ahora es más seguro gracias a la Ley 20.795, que establece que las multas de tránsito ya no son heredables. Esta ley protege a los compradores de vehículos usados de tener que pagar multas cometidas por el dueño anterior. A continuación, te explicamos en detalle cómo funciona esta nueva normativa.

¿Qué Tipo de Multas Afecta esta Ley (20.795)?

Esta ley se aplica principalmente a las multas empadronadas, es decir, aquellas infracciones que se detectan sin intervención humana directa, como:

  • Circular sin TAG o sin pagar el pase diario en autopistas.
  • Estacionarse en lugares no autorizados.

Estas multas se asocian a la patente del vehículo, pero con la nueva ley, la responsabilidad recae en el infractor, no en el dueño actual del auto.

¿Cómo Protege la Ley 20.795 a los Compradores de Autos Usados?

Antes de esta ley, el comprador de un auto usado podía encontrarse con multas pendientes asociadas a la patente, que estaba obligado a pagar para renovar el permiso de circulación. La Ley 20.795 elimina este problema al establecer que las multas ya no son heredables.

¿Qué Dice la Ley 20.795 sobre la Compraventa de Vehículos Usados?

La ley establece que, al momento de la compraventa de un auto usado ante notario, el vendedor está obligado a presentar un Certificado de Multas Anotadas en el Registro Civil. Este certificado permite al comprador conocer si existen multas pendientes asociadas al vehículo antes de concretar la transacción.

Puntos Clave de la Ley 20.795:

  • Certificado de Multas Anotadas Obligatorio: El notario debe requerir al vendedor el Certificado de Multas Anotadas al momento de la firma del contrato de compraventa.
  • Conocimiento del Comprador: El comprador debe conocer las multas anotadas antes de cerrar el trato y tiene la opción de:
    • Comprar el auto asumiendo las deudas (si así lo acuerda con el vendedor).
    • Desistir de la compra hasta que el vendedor se haga cargo de las multas.
  • Multas Posteriores a la Transferencia: Las multas que se registren después de la transferencia del vehículo no serán responsabilidad del nuevo dueño.
  • Responsabilidad del Infractor: La ley enfatiza que la responsabilidad del pago de la multa recae en el infractor, no en el propietario actual del vehículo.

¿Qué Pasa si el Vendedor Comete una Infracción Poco Antes de la Venta?

Es posible que una multa no aparezca inmediatamente en el Certificado de Multas Anotadas, incluso hasta un año después de cometida la infracción. Sin embargo, gracias a la Ley 20.795, estas multas, si se registran después de la transferencia, no se anotarán a la patente del nuevo dueño.

Texto Exacto de la Ley (Extracto):

«En los casos en que el título traslaticio de dominio sea autorizado por un notario u otro ministro de fe, éste deberá requerir del vendedor un certificado del Registro de Multas del Tránsito no pagadas, al momento de la celebración del contrato, y solicitar la inscripción a costa del adquirente, en el plazo señalado en el inciso anterior.»

«El comprador responderá sólo por las multas empadronadas que figuren en el certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación al momento de la compra. Dicho Servicio se abstendrá de anotar la multa impaga en el Registro de Multas de Tránsito no Pagadas, si el propietario del vehículo que figura en el Registro de Vehículos Motorizados es distinto de quien lo era a la fecha de la infracción. Lo anterior no obsta a la responsabilidad de la persona condenada al pago de la multa.»

«Sin perjuicio de lo anterior, si el propietario del vehículo informado por el tribunal no corresponde al dueño actual según el Registro de Vehículos Motorizados, el Servicio deberá abstenerse de inscribir la anotación y comunicará dicha situación al juzgado respectivo. Lo anterior no obsta a la responsabilidad de la persona condenada al pago de la multa. En este caso, el plazo de prescripción de la acción de cumplimiento será de tres años contado desde la comunicación que el Servicio de Registro Civil e Identificación efectúe al juzgado de policía local correspondiente, informando la imposibilidad de practicar la anotación.»

Conclusión:

La Ley 20.795 representa un avance importante en la protección de los compradores de autos usados en Chile. Al establecer que las multas no son heredables, se genera mayor transparencia y seguridad en las transacciones de vehículos usados.

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